miércoles, 1 de octubre de 2008

Si nuestro banco o caja Quiebra ¿Que pasa con nuestro dinero? ¿Y con nuestras acciones?


En el Meme ¿Puede quebrar un banco o caja en España? del otro dia no resolvimos de forma clara una cuestion sobre nuestros ahorros y creo que es el momento de hacerlo, habia dos cuestiones pendientes:
¿Cuanto dinero cubre el fondo de garantias de nuestros ahorros (en cuenta corriente) si nuestro banco o caja quiebra?
20.000 Euros por persona, eso es lo que cubre el fondo de garantias. Es decir que si tenemos 20.000 euros o menos en una entidad bancaria

...continuacion...

aunque en el peor de los casos esta quebrase, nuestros ahorros estarian asegurados por el fondo de garantia, a partir de 20.000 euros los ahorros no estan garantizados.
¿Que pasa con nuestras acciones si el banco o caja quiebra?
Las acciones son nuestras y no corren absolutamente ningun peligro, la entidad solo es la depositaria de los titulos pero da igual que tengamos 20.000 euros como 100 millones de euros en acciones del Santander o de Avanzit que aunque quiebre la entidad bancaria nosotros conservaremos nuestras acciones.
Creo que con esta informacion el tema queda aclarado, el otro dia en el meme hubo cierta confusion sobre todo con el tema de las acciones, os pido disculpas por ello porque yo era el primero que estaba un poco "pez" en el asunto.

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9 comentarios:

  1. Y que pasa si renta 4 decide cerrar o Interdin con CFDs del Banco Sabadell. Que pasa con la liquidez que tenemos en esas cuentas. Esto lo digo pk los amigos de R4 ya cobran por tiempo real y no hace mucho por los graficos interactivos, esta claro que empiezan a tener problemas.
    Existen fondos de garantias para estas entidades?

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  2. Perdona Ramón pero creo que estás equivocado en cuanto a "Por supuesto si tenemos cuentas corrientes en diversos bancos, en cada banco tenemos asegurados por el fondo de garantia hasta 20.000 euros". El FGD garantiza 20.000 euros por depositante en el sistema financiero español. Si tienes 5 cuentas en 5 bancos NO te garantiza 100.000 euros.

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  3. Gracias Nacho por el apunte, tienes toda la razon, lo he comprobado y estaba totalmente errado. Acabo de cambiar el articulo para no llevar a confusion.
    Un saludo y gracias,
    Ramon

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  4. Si lo he entendido bien, por el comentario de Nacho, 20mil€, tengas los bancos que tengas y tengas las cuentas que tengas. Si tienes más, ¿dos piedras?

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  5. En la we http://www.fgd.es se puede leer:
    "El importe dinerario garantizado tiene como límite 20.000 euros por depositante en cada entidad de crédito."

    Lo podéis ver en:
    Información General » Resumen de la Regulaciónl » Depósitos dinerarios »
    DEPÓSITOS DINERARIOS GARANTIZADOS

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  6. y si deja de cotizar en bolsa, que hacemos con esos títulos que valen un dineral?

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  7. Gracias por el apunte César, eso es lo que tenía oido.

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  8. Con todos los respetos Nacho creo que estás en un error. El FGD nos garantiza hasta 20000€ por titular y cuenta en cada una de las entidades bancarias del sistema finaciero español. Eso si, esta garantía solo se aplicará a una sola cuenta por entidad. Esto es, si tenemos una cuenta con dos titulares y 40000€ en la misma, en principio tendriamos asegurados los 40000€ al percibir 20000€ por titular. Sin embargo si en esa misma entidadtuvieramos otra cuenta con otro depposito "X2 no tendriamos asegurado dicho deposito, pues ya habriamos "hecho uso" de FGD con la primera cuenta. Y así con cada una de las entidades en las que tengamos un depósito.


    Un saludo.

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