Aprovechando que las Opv van a ser numerosas las proximas semanas, voy a incidir en un tema que veo que quiza no se comenta suficientemente en la blogosfera. La diferencia entre el precio maximo de cualquier OPV y el precio final, y la problematica (o injusticia) de tener que comprar las acciones desconociendo el precio final al que las pagaremos (salvo que seas un accionista institucional=rico y puedas decir lo maximo que estas dispuesto a pagar.)
En principio voy a aclarar el confuso tema de los precios de las OPV, ya que se oye hablar siempre de muchos precios, precio definitivo, rango de precios, precio maximo..., asi que vayamos por partes y cronologicamente para cualquier OPV:
1º Rango de precios de la OPV: Aqui lo normal es que se de un rango de precios (que es vinculante) muy grande, normalmente con diferencias de hasta un 20%, por ejemplo en el caso de Criteria fue de
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5 a 6,75 euros.
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5 a 6,75 euros.
2º Precio maximo de la OPV: Este precio normalmente se fija una vez que se han pedido las acciones pero todavia se pueden revocar los mandatos, en el caso de Criteria por seguir con el ejemplo 6,75.
3º Precio final de la OPV: Como su propio nombre indica el precio definitivo, lo que tendremos que pagar por cada accion que hayamos solicitado, Criteria 5,25.
Aclarar que todo lo que vamos a hablar se refiere a los mandatos de compra, ya que posteriormente a los mandatos suele haber propuestas de compra (o algo similar), pero como hasta ahora el 95%-100% de las OPV se cubren con los mandatos, las propuestas carece de sentido ni comentarlas, quedaros con la idea que si como minorista comprais en una OPV haceis un mandato de compra y todo lo que sigue os afecta.
La gran diferencia entre ser un inversor minorista o uno institucional, ademas de que hay tramos distintos de la oferta para cada uno, y que el minorista tiene mucho mas limitado el dinero que pueda invertir en la oferta, es que los inversores institucionales pueden proponer un precio maximo al que compraran las acciones. Es decir si yo fuera un inversor institucional (ojala porque estaria forrado...) podria haber dicho que compraba 1 millon de euros de Criteria solamente si salia a bolsa por debajo de 5,75 euros, en cambio como particular tengo que comprar (o no hacerlo), conociendo solamente el precio maximo (que era 6,75 en el ejemplo), por tanto en clara desventaja con los institucionales, ya que si el precio hubiera sido alto yo hubiera comprado las acciones de todas maneras y los inversores institucionales han podido elegir el precio maximo a pagar.
Y yo me pregunto ¿por que yo como inversor minorista tengo que comprar sin saber cuanto voy a pagar? ¿no seria mas logico que primero se conociera el precio final de la OPV y luego se tuviera la posibilidad de elegir entre comprar o no?
Pues como inversor de segunda clase (o minorista) la respuesta es que si quieres comprar acciones en una OPV, el precio al que las vas a pagar te lo diran cuando ya no haya vuelta atras, es decir compras sin saber el precio (solo el rango de precios.) Pero si fueras un inversor institucional de primera clase (o persona o grupo de personas adineradas = ricos) entonces puedes decir el precio maximo que estas dispuesto a pagar, vamos que sino te gusta el precio no vas a comprar.
Por poner un ejemplo de la vida cotidiana, digamos que vas a comprar un BMW, y te dicen pues te cobraremos entre 30.000 y 40.000 euros, y unos dias antes te diremos el precio maximo que te cobraremos (normalmente el maximo 40.000) y luego segun nos parezca te cobraremos entre 30 y 40.000 lo que nosotros queramos...vamos que parece algo de risa, pues esto es lo que sucede en las OPV. En cambio si eres rico tienes derecho a decir como maximo pagare 33.000, pero si quereis rebajarlo algo mas pues mejor.
En mi modesta opinion este forma de comprar sin saber el precio, algo a lo que estamos acostumbrados en las OPV, es antidemocratica, discriminatoria e injusta. Donde se ha visto que se compre algo sin saber lo que vale, entonces ¿por que la CNMV sigue permitiendo esta forma de vender en las OPV? ¿por que lo sigue permitiendo el gobierno? ¿acaso no dice la constitucion que todos somos iguales? quiza es que hay alguna clausula en la constitucion que dice que todos somos iguales, excepto para las OPV, en que los pobres estamos discriminados frente a los ricos...
Y no solo estamos discriminados, sino que encima si finalmente rebajan el precio de la OPV por debajo del maximo, nos hacen creer que tenemos que estar agradecidos (como se intuia en las declaraciones de la Caixa al rebajar el precio hasta 5,25 haciendolo como favor a sus clientes), ya solo nos faltaria hacerles reverencias o la ola, o limpiarles las botas...
Espero que la CNMV algun dia empiece a servir para algo y no permita injusticias como esta.
Por no decir de aquellas OPV's que
ResponderEliminarni siquiera tienen tramo minorista.
Aunque a sabiendas de la
discriminación que comentas me
queda la duda de saber que es lo
mejor:
- Participar en una OPV para
minoristas sin poder dar marcha
atrás si el precio de salida no
nos satisface.
- O esperar el estreno de una OPV
sin tramo minorista y entrar
cuando la acción ya circula y
a lo mejor ha perdido parte de
su recorrido.
Un saludo